Claudia López, Foto by Bun Diciembre 2008 |
El lunes 24 de Enero a las 9 de
la mañana en el juzgado
23 Penal Municipal de Bogotá arranca el juicio contra la
columnista Claudia
López http://ow.ly/3GUz0
Como
ella, tampoyo yo veo en Ernesto Samper Pizano “al
político capaz de venderse a la mafia para acceder a la Presidencia (algo que
todos sabemos, pero que la justicia comprada en el Congreso evitó juzgar), de
corromper las instituciones para imponer a Serpa como sucesor (como todos lo
padecimos, pero logramos evitar), de pedir cacao para que no extraditaran a los
Rodríguez Orejuela (como consta personalmente a Uribe) y sabrá Dios si habrá
intercedió también en los planes para eliminar a quienes pudieron ser piezas
clave para develar sus andanzas, como la ‘monita retrechera’ y el ex conductor
de Serpa”. http://ow.ly/3FnGi
Adhiero a la pregunta que Gonzalo Guillen @HELIODOPTERO le hacía a Claudia López en Twitter “@CLOPEZanalista
¿Por qué te acusa Samper a ti de algo que es vox pópuli y coincide con lo que
otros publicamos desde hace 15 años?”. Y no solo lo que se publicó, sino lo que
miles de personas pensamos y sabemos que sucedió.
Lo
deseable es que este juicio no implique un desgaste innecesario para el poder
judicial y para la acusada como ocurrió con Alfredo Molano. Hace apenas un año
atrás, y luego de tres tediosos años atendiendo diligencias de un proceso
costoso emocional y financieramente hablando para el implicado, y qué decir
para el Estado (según nos hace caer en cuenta María Teresa Herrán en su libro Acallar la opinión? Cuatro Araújos versus
Alfredo Molano), y harto absurdo y “Kafko-costumbrista” como lo calificó el
poeta Juan Manuel Roca, el escritor y periodista Alfredo Molano Bravo fue
absuelto en juicio oral de los cargos de calumnia e injuria con lo que se
pretendía acallarlo http://ow.ly/3GNbP el 9 de febrero de 2010.
Pero
está visto que hablar con la verdad puede significar recibir una amenaza, una agresión y hasta perder la vida misma, o llegar a los estrados judiciales por cuenta de quienes
se sienten aludidos, afectados o implicados, y pretenden –por ahora sin
suerte-, convertir el pensar y opinar con independencia en delito.
Aunque
la autocensura, la intimidación y el miedo son condiciones casi que naturales
en las que se ejerce el periodismo y la libertad de expresión en Colombia, no
lo es para la investigadora y politóloga Claudia López quien forma parte de ese
selecto y creciente número de periodistas y opinadores que ni con
amenazas, acoso judicial, intimidación, señalamientos o
demandas han conseguido acallar sus voces.
Y
es que, como advierte la FLIP, de manera creciente “las acciones penales por
injuria y calumnia se están utilizando como una forma de limitar opiniones, e
incluso, en algunos casos, para silenciar críticas sobre la actuación de
funcionarios públicos y personas influyentes en el país. Si bien es claro que
se pueden presentar tensiones entre la libertad de opinión y el derecho a la
honra y el buen nombre, preocupa que se enjuicien opiniones y expresiones,
cuando la jurisprudencia vigente ha establecido claramente que debe tratarse de
hechos e imputaciones concretas”.
Pero
ni El Tiempo con su plan Planeta consiguió, con su despido hace meses atrás, silenciar la opinión clara
y crítica que, con tanto talento como cojones (¿debería decir ovarios?) se levanta para seguir señalando, de manera documentada y con lujo de detalles, los
abusos y maniobras del poder que por igual ejercen legales e ilegales en el país.
Es mucho lo que el
país político y la sociedad le debemos con su trabajo a Claudia López. En 2005 tiró del
telón para que pudieramos ver la tras escena de cómo el Acuerdo de
Ralito se cumplió para que mafiosos, narcotraficantes, terratenientes, empresarios,
políticos etc., etc. se repartieran en 2002 el botín electoral que permitió
el ascenso al Congreso de la República del proyecto político narco paramilitar,
comúnmente conocido como la parapolítica y, desde entonces, hacer de Colombia la debacle.
La
acusación de injuria y calumnia contra @CLOPEZanalista es un atentado a libertad de opinión
como derecho preferencial por encima de todos los derechos fundamentales y
reconocido en el ordenamiento jurídico nacional e internacional.
La
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). Art.19. señala que "todo
individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho
incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y
recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de
fronteras, por cualquier medio de expresión".
El
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966), jurídicamente
vinculante para todos los Estados que han firmado y ratificado sus provisiones
dice en su Art.19 que "(1) Nadie podrá ser molestado a causa de sus
opiniones. (2) Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este
derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas
de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o
en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su
elección.
La
Constitución Política de Colombia en su Art. 20. señala que “Se garantiza a
toda persona la libertad de expresar su pensamiento y opiniones, la de informar
y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de
comunicación. Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el
derecho de rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura”.
Como
señaló el Relator Especial de Naciones
Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión el guatemalteco Frank La Rue
Lewi, “el principio de la libertad de expresión es que no debe haber ninguna
censura, ninguna forma de censura”. Los controles “deben ser personales y
éticos, deben ser internos, no del Estado, no de mecanismos del Estado”. El
Estado “únicamente debe garantizar la libertad total de expresión”. “La opinión
no necesita pruebas en el caso de los columnistas. El columnista está
expresando su opinión personal y su análisis personal. De hecho, la opinión
nunca necesita pruebas. Esa es la diferencia entre ejercer la libertad de
opinión y ejercer la verdad de un proceso. Los hechos que uno documenta en un
proceso legal tienen que ser probados”. http://ow.ly/3GV8v
En
la Providencia del fallo que absolvió a Alfredo Molano (N.I.64666 Caso 115-2008) el Juez Penal Municipal José
Eduardo Saavedra señala que, “la libertad de opinión contribuye decididamente a
la creación de espacios plurales dentro de la sociedad. Mediante la opinión se
genera debate sobre la apreciación que la sociedad tiene sobre distintos
hechos. Es por ello que la sociedad tiene la carga de soportar opiniones que
causen molestia o afecten el amor propio de las personas. La libertad para
expresar y difundir pensamiento y opiniones, permite, por lo mismo, cuestionar
y criticas directamente, inclusive llegando al nivel de la exageración y la
mortificación, diversos hechos, conductas y personas en la sociedad”.
#ApoyoaClaudiaLopez
es una Campaña mediante la cuál la Comunidad de Twitter busca expresarle a Claudia López que no está sola. Que son
muchos más los que pensamos y creemos en la necesidad y valor de su palabra, de su opinión. También porque defendemos nuestro propio derecho a la libertad de expresión y de opinión, al derecho a la información como
nuestros en una sociedad en la que, por lo pronto, optó como modelo político, el de la democracia.
También,
porque, como escribió “el maestro de maestros” de la investigación y la
sociología en el país, Orlando Fals Borda, Colombia “necesita que se diga la
verdad, así sea dolorosa, y aunque produzca serios inconvenientes a aquellos
que se atreven a decirla”.
Deseo que esta reflexión ayude por lo menos a que Nelson Moreno (@nomorenelson) encuentré algunas respuestas a su pregunta en Twitter : “por qué será que los
periodistas que valen la pena son los perseguidos y/o amenazados?”.
Fotos by Bun protegidas con DA. Muros Cra.7 Calle 26, 2008 y Calle 61 Cra. 12, 2010 Bogotá D.C.